Aviso legal y términos y condiciones de uso
Lea cuidadosamente este documento. El acceso, navegación y utilización del sitio web implican la aceptación expresa y sin reservas de todos los términos del presente Aviso Legal, teniendo la misma validez y eficacia que cualquier contrato celebrado por escrito y firmado.
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Spock se reserva la posibilidad de modificar sin previo aviso, el diseño, presentación y/o configuración del sitio web, algunos de los servicios y añadir servicios nuevos.
Spock entiende por usuario cualquier consumidor de energía que desea reducir gestionar y reducir su coste energético y por comercializadora una empresa que se dedica a la compra y venta de energía eléctrica.
Denominación social: Spock p2p, S.L.
Dirección social: Plaça Ausiàs March, 1, planta 1, oficina 6, 08195 Sant Cugat del Vallès (Barcelona).
NIF: B-67743567.
Datos de Registro: Registro Mercantil de Barcelona, tomo 48.157, folio 173, hoja número B-574.181.
Correo electrónico: info@spock.es
Correo electrónico soporte: soporte@spock.es
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Las modificaciones de los términos y condiciones del presente aviso legal serán publicadas en la misma forma en que aparece éste o a través de cualquier tipo de comunicación a los usuarios. El acceso y utilización del sitio web tras la entrada en vigor de las modificaciones o cambios suponen su plena aceptación.
La finalidad de Spock es el poner en manos del consumidor una plataforma que de forma fácil, transparente e imparcial le permita gestionar y reducir su coste energético.
La relación de servicios ofrecidos está reflejada en el apartado 5.
Con el alta, acceso y/o uso de esta plataforma ya seas un usuario particular, empresa o comercializadora eléctrica se te atribuye la condición de usuario de Spock y con ello estás aceptando el cumplimiento de los términos y condiciones legales del servicio así como la política de privacidad que se detallan en estas páginas web.
El usuario titular de la cuenta de Spock es el único responsable del cumplimiento de las normas de funcionamiento de Spock y de la veracidad de la información que introduzca en la plataforma. Consecuentemente es el único responsable de los perjuicios que puede causar tanto a Spock como a comercializadoras, distribuidoras o usuarios. A estos efectos Spock identificará al usuario responsable a través del titular del teléfono móvil utilizado en el alta en su plataforma y que aparece en su perfil de usuario.
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En virtud de lo dispuesto en la normativa nacional, europea e internacional sobre propiedad intelectual, quedan expresamente prohibidas la reproducción, la distribución y la comunicación pública, incluida su modalidad de puesta a disposición, de la totalidad o parte de los contenidos de esta página web y en concreto al contenido elaborado por Spock, con fines comerciales, en cualquier soporte y por cualquier medio técnico, sin la autorización previa de Spock.
El usuario se compromete a respetar los derechos de propiedad Intelectual e Industrial de titularidad de Spock. Podrá visualizar los elementos de la web e incluso imprimirlos, copiarlos y almacenarlos en cualquier soporte físico siempre y cuando sea, única y exclusivamente, para su uso personal y privado. El usuario deberá abstenerse de suprimir, alterar, eludir o manipular cualquier dispositivo de protección o sistema de seguridad que estuviera instalado en las páginas de Spock.
- Alta del usuario y de suministros de luz y de gas.
- Análisis de factura de luz o gas: a partir de una factura de los suministros calcula el potencial ahorro que puede lograr.
- Compras colectivas: servicio mediante el cual los consumidores de energía se agrupan para con ello acceder a condiciones tarifarias equiparables a las de los grandes consumidores.
- Asesoramiento energético personalizado: acompañamiento individualizado al usuario para recomendarle la tarifa de luz y gas más adecuada a su perfil de consumo, así como para realizar todas las gestiones administrativas necesarias que permitan formalizar el cambio de comercializadora.
- Autoconsumo compartido Spock: servicio que permite a los usuarios de Spock acceder a energía solar renovable sin necesidad de disponer de tejado ni espacio propio. Esto es posible gracias al modelo de autoconsumo compartido, mediante el cual los usuarios pueden beneficiarse de la energía generada por instalaciones fotovoltaicas adscritas a la plataforma, así como aprovechar los excedentes de otros miembros.
- Servicios de flexibilidad: servicio que permite al usuario conectar sus recursos energéticos (baterías, cargadores, aerotermia, etc.) a la plataforma de energía compartida Spock para optimizar su uso. Spock gestiona estos recursos de forma inteligente, desplazando los consumos a las horas más económicas y permitiendo al usuario obtener ingresos adicionales al ofrecer su flexibilidad a la red eléctrica.
- Avisos y recordatorios: recepción automática y gratuita de avisos por correo electrónico, SMS y WhatsApp relativos a los servicios a los que pueda adherir los Suministros o que haya contratado.
- Blog de Spock: incluye noticias relacionadas con la actualidad de Spock y con el sector de la energía.
- Alta en la plataforma.
- Compras colectivas: la comercializadora podrá participar en las compras colectivas que Spock organice en cada momento. En caso de resultar adjudicataria en alguna de ellas, se le facilitarán los contratos correspondientes, debidamente formalizados y firmados por los titulares de los suministros.
- El cumplimiento de estos términos y condiciones de uso.
- Suministrar información legal y veraz. Toda la información que el Usuario introduzca en Spock deberá ser legal, veraz y no susceptible de vulnerar derechos de terceros ni la normativa vigente.
- Mantener los datos de los suministros debidamente actualizados, en especial aquellos requeridos para formalizar los contratos con las comercializadoras.
- Cumplimiento de las condiciones especiales de las compras colectivas en las que participe.
- Hacer un uso adecuado de los contenidos y servicios que Spock ofrece a través de su web y con carácter enunciativo, pero no limitativo, a no emplearlos para (i) incurrir en actividades ilegales o contrarias a la buena fe y al orden público; (ii) provocar daños en los sistemas físicos y lógicos de Spock o de otros Usuarios; (iii) intentar acceder y, en su caso, utilizar las cuentas de correo electrónico de otros Usuarios y modificar o manipular sus datos del registro; (iv) suplantar a terceros.
- Compromiso con la fuerza de grupo. La participación en las compras colectivas es voluntaria, pero el usuario entiende que la fuerza del grupo y la obtención de mejores condiciones dependen de que muchos actúen como un único interlocutor frente a las comercializadoras. Por ello, animamos a respetar la duración negociada de los contratos (12 meses) y a contratar con la comercializadora ganadora en las compras sucesivas, reforzando así la capacidad negociadora del grupo. El actuar de forma individual —por ejemplo, cambiando de comercializadora antes de tiempo o no contratando con la ganadora— reduce la fuerza de la unión, puede perjudicar al conjunto y limita los beneficios que el propio usuario obtiene del modelo. Spock se reserva el derecho de limitar la participación en futuras compras colectivas a quienes actúen en contra de este principio.
- La aceptación y cumplimiento de estos términos y condiciones de uso.
- Garantizar que los login/passwords asignados sólo podrán ser utilizados por personas debidamente autorizadas para acceder a la información que Spock pone a su disposición y para realizar ofertas en las compras colectivas. Cabe destacar que, al realizar una oferta en una compra colectiva, se aceptan automáticamente las obligaciones comerciales, operativas y legales asociadas a la misma.
- Mantener debidamente actualizados los datos relativos a personas de contacto e información comercial (logos, descripción de la compañía) de su compañía. Esta información será la que aparecerá en nuestra plataforma y por tanto será visible para todos los usuarios que naveguen por la misma.
- Para asegurar una comunicación fluida, la comercializadora debe designar un interlocutor o responsable que gestione todo lo relacionado con la plataforma Spock y los consumidores que representa.
- Atender de forma oportuna las comunicaciones enviadas desde la plataforma.
- Al participar en una compra colectiva, la comercializadora acepta las condiciones especiales de dicha compra y se compromete a respetar estrictamente las reglas de funcionamiento y las fases establecidas.
- La comercializadora es responsable de controlar las distintas fases de las compras colectivas y de asegurar la correcta entrada de ofertas en la plataforma, de acuerdo con el calendario establecido para cada compra.
- Establecer un canal de comunicación, preferentemente digital, a través del cual Spock pueda dar de alta los usuarios que hayan firmado el contrato y recibir información actualizada del estado del alta y activación de los contratos.
- Reconocer a Spock como interlocutor válido de los consumidores que representa y, en la medida en la que disponga de la debida autorización, facilitarle la información de facturación, consumo, curvas de carga y otros datos relevantes a través de los canales de que disponga, preferiblemente digitales (vía API, webservices o similar), que garanticen una dinámica de trabajo ágil.
- Hacer un buen uso de la plataforma. A modo de ejemplo y no exhaustivo se prohíbe terminantemente a las comercializadoras:
- Usar la plataforma como medio para captar directa o indirectamente datos de los clientes de Spock con el fin de contactarlos directamente para realizarles ofertas comerciales sin pasar por la plataforma.
- Cualquier tipo de actividad cuyo fin sea el intentar contactar con los usuarios de Spock fuera de los canales establecidos por la propia plataforma Spock.
- Utilizar la información confidencial a la que tenga acceso para otros fines que no sean los estrictamente contemplados en el presente contrato.
- Cumplimiento íntegro de las condiciones ofertadas: la comercializadora debe cumplir de manera íntegra las condiciones que haya ofertado, así como las condiciones especiales de la compra colectiva en la que haya resultado ganadora.
- Obligación de informar sobre nuevas tarifas: es obligatorio que la comercializadora informe, con al menos 30 días de antelación al término del periodo de validez de su oferta, tanto a Spock como a los usuarios adheridos a la compra colectiva, acerca de las nuevas tarifas que se les aplicarán. Esta comunicación debe realizarse independientemente de si la comercializadora decide participar o no en la siguiente edición de la compra colectiva.
- Prohibición de acciones obstructivas en caso de no resultar adjudicaria. Las comercializadoras que no resulten ganadoras en una nueva edición de la compra colectiva tendrán expresamente prohibido realizar cualquier acción dirigida a retener a los usuarios o a dificultar la activación de los contratos con la comercializadora adjudicataria. A título de ejemplo, no podrán formular ofertas o condiciones comerciales que mejoren las presentadas durante el proceso de compra colectiva.
- Mantener en todo momento la independencia y neutralidad frente a cualquier comercializadora.
- Garantizar un proceso neutral en las compras colectivas: todas las ofertas realizadas por las comercializadoras serán 100% ciegas para el resto de Comercializadoras participantes.
- Disponer del consentimiento y la legitimación suficiente para representar a los consumidores que participan en las compras colectivas que organiza, así como para realizar la gestiones que requieren los servicios de Autoconsumo Spock y de Spock Flex.
- Facilitar todas las gestiones administrativas necesarias para formalizar el cambio de comercializadora a la ganadora de la compra colectiva.
- Contratación automática: Spock remitirá, con carácter previo a la formalización de la correspondiente renovación/contratación, una comunicación a través de correo electrónico o WhatsApp. Dicha comunicación tendrá por objeto informar al usuario de la inminente contratación y poner a su disposición la posibilidad de verificar y/o actualizar sus datos de contratación, así como la opción de desactivar el servicio de renovación automática en cualquier momento anterior a la firma.
- Compromiso de Spock con el modelo colectivo. Spock se compromete a proteger el modelo colectivo y a mantener un equilibrio ganar-ganar entre usuarios, comercializadoras y Spock. Por ello, no permitirá la participación de un suministro en nuevas compras colectivas mientras mantenga activo un contrato derivado de una compra anterior y no haya ejercido su derecho de desistimiento.
Spock se reserva el derecho a denegar o retirar el acceso a su plataforma o a los servicios que ofrece de forma temporal o indefinida sin necesidad de preaviso, a instancia propia o de un tercero, a aquellos usuarios y comercializadoras que incumplan los presentes términos y condiciones legales.
El servicio de compras colectivas de Spock está diseñado para que el usuario disfrute de condiciones energéticas competitivas, sin necesidad de disponer de conocimientos técnicos, sin realizar gestiones adicionales y con la tranquilidad de saber que todo el proceso está supervisado por el equipo de expertos energéticos de Spock.
El servicio se activa cuando el usuario contrata por primera vez la tarifa ganadora de una compra colectiva. A partir de ese momento, su suministro queda incorporado al modelo de negociación colectiva de Spock, participando de forma automática en las sucesivas ediciones o ciclos de negociación.
Cada ciclo de compra colectiva tiene una duración de doce (12) meses. Finalizado dicho periodo, Spock gestionará automáticamente la inclusión del suministro en la nueva edición y formalizará, en nombre y representación del usuario, la contratación con la comercializadora ganadora, resultado de un proceso competitivo, transparente e imparcial.
El usuario conserva en todo momento la libertad para modificar, desactivar o desistir del servicio, conforme a lo previsto en el apartado 8.6.
Las compras colectivas se organizan siguiendo las siguientes fases:
Las compras colectivas en Spock arrancan con el alta de su ficha en la plataforma. En ella se indica entre otras la siguiente información:
El nombre de la compra Colectiva. • Las fechas correspondientes a cada una de sus fases. • Las Tarifas, zonas geográficas y tipo de usuario de los Suministros que pueden adherirse a la misma. • Las condiciones especiales o pliego de condiciones que deben cumplir las ofertas de las Comercializadoras para ser consideradas válidas. Todos los suministros que no tengan un contrato en vigor fruto de una compra colectiva y que estén habilitados para ello, participarán automáticamente en la compra colectiva que esté en curso siempre.
Un suministro está habilitado para participar en una Compra Colectiva cuando:
- Su tarifa, zona geográfica, distribuidora y tipo de usuario forme parte del alcance de la compra colectiva.
- Que haya transcurrido un plazo mínimo de treinta (30) días naturales desde la fecha en que se ejerció el derecho de desistimiento respecto a una compra colectiva anterior.
- En caso de compras colectivas privadas haya sido invitado a la misma.
- Spock no haya ejercido su derecho de exclusión por incumplimiento de los términos y condiciones de uso.
En esta fase todas las personas de contacto de las comercializadoras dadas de alta en la plataforma recibirán un email en el que se les indica la apertura de la fase de presentación de ofertas.
Ya sea a través del link que aparecerá en el email o directamente con el login/password personalizado de que disponen, la comercializadora podrá acceder y ver todos los detalles de la compra colectiva, en concreto:
- Las condiciones especiales de la compra colectiva.
- Los precios objetivos.
- La retribución de Spock por la prestación del servicio y que será pagada por la comercializadora que resulte ganadora.
- El volumen estimado de suministros agrupados por tarifas.
La retribución de Spock es por el concepto de organización de la compra colectiva y uso de la plataforma. En ningún caso tendrá la consideración de comisión comercial o similar y por tanto no le será de aplicación ningún tipo de penalización por no permanencia del Suministro.
Durante el período en la que esta fase esté activa las comercializadoras podrán ofertar e ir mejorando la oferta sin limitación alguna. Una vez concluida dicha fase los resultados quedarán aceptados y fijados quedando todas las comercializadora obligadas al cumplimiento íntegro de su oferta y el pliego de condiciones especiales de la compra colectiva.
En esta fase final sólo podrán participar:
- Las comercializadoras que durante la fase de presentación de ofertas hayan realizado una de las 3 mejores ofertas dentro de cada lote.
- En el caso de que se trate de una nueva edición de una compra colectiva, la anterior comercializadora ganadora. Esto estará condicionado a que haya hecho una oferta competitiva durante la fase de presentación de ofertas.
Todas ellas serán informadas del mejor precio ofertado durante la fase de presentación de ofertas y dispondrán de unas horas adicionales (el número de horas será especificado en las condiciones especiales de la compra colectiva) para realizar, si así lo desean, una mejora de su oferta y lograr con ello pasar a ser la ganadora.
En caso de no mejorarla se mantendrá como definitiva la oferta presentada durante la fase de presentación de ofertas.
Las ofertas que realice La comercializadora, tanto en la fase de presentación de ofertas como en la fase de mejora, no podrán ser conocidas por las demás comercializadoras participantes o los propios consumidores finales. A todos los efectos se aplica un modelo de “sobre cerrado”, en este caso digital, donde sólo la oferta ganadora y la comercializadora que la ha ofertado se descubren en el momento de finalización de la compra colectiva.
Concluida la fase de mejora de ofertas, Spock identificará la(s) oferta(s) ganadora(s) y procederá a su formalización legal mediante contrato entre la(s) comercializadora(s) adjudicataria(s) y Spock.
Una vez completado este proceso, Spock comunicará a todos los participantes la(s) oferta(s) seleccionada(s), pudiendo a partir de entonces, proceder a la firma de los contratos a través de medios digitales totalmente automatizados, como la firma por SMS, Signaturit o plataformas equivalentes.
La titularidad de los contratos corresponderá siempre a las personas físicas o jurídicas titulares de dichos suministros. Spock actúa exclusivamente como mandatario, formalizando la contratación en nombre y representación del Usuario.
Una vez alcanzada dicha fecha la compra quedará cerrada y se dará por terminado el plazo para la adhesión y firma de los contratos con la comercializadora ganadora.
Spock inscribirá automáticamente los suministros del usuario en las compras colectivas sucesivas y formalizará, en nombre y representación del usuario, la contratación con la nueva comercializadora adjudicataria.
De este modo, se le garantiza la continuidad del suministro en condiciones competitivas, sin que el usuario deba realizar ninguna gestión adicional.
El usuario dispone en todo momento de mecanismos digitales que le permiten activar o desactivar el servicio de forma individual para cada suministro.
Antes de proceder a la contratación, Spock enviará al usuario un preaviso por correo electrónico y WhatsApp que incluirá, como mínimo:
- La fecha prevista de formalización del nuevo contrato.
- Un enlace para la verificación de los datos personales y de facturación (titular, DNI/NIE, IBAN y contacto).
- La identificación de la comercializadora ganadora de la compra colectiva correspondiente.
El usuario dispondrá de un plazo de cinco (5) días naturales para revisar la información y, en su caso, manifestar su oposición a la contratación. Transcurrido dicho plazo sin comunicación expresa de oposición, Spock procederá a formalizar el contrato en nombre y representación del usuario, en virtud del mandato otorgado al suscribirse al servicio. Una vez completado el proceso, Spock remitirá al usuario la documentación contractual para su conocimiento y archivo.
Durante un plazo de catorce (14) días naturales desde la fecha de la firma del nuevo contrato el usuario doméstico podrá ejercer frente a la nueva Comercializadora su derecho de desistimiento, conforme a la normativa vigente. En caso de ejercer dicho derecho, se le restablecerán automáticamente las condiciones contractuales anteriores, como si la nueva contratación no se hubiera efectuado.
Salvo que en las condiciones especiales de la compra colectiva se especifique un tratamiento específico sobre los sistemas de scoring y morosidad, las reglas de aplicación serán las siguientes:
- La comercializadora podrá excluir todos aquellos suministros cuyo titular aparezca en un fichero de morosos (ASNEF, RAI, …).
- En el caso de que la comercializadora tenga establecido algún tipo de sistema de scoring deberá ponerlo en conocimiento de Spock previamente a la presentación de su oferta. En ningún caso podrá diferir del criterio estándar que aplique al resto de sus clientes.
- La comercializadora ofrecerá al titular afectado por un scoring insuficiente alguna solución que le permita contratar la tarifa ganadora. Se establece, como método estándar, ofrecer al titular la posibilidad de realizar un depósito de garantía equivalente a 2 mensualidades de consumo.
Con la contratación del servicio, el usuario se adhiere a la plataforma de energía compartida Spock, obteniendo el derecho a beneficiarse del uso compartido de la energía generada por la/s instalaciones fotovoltaicas adscritas a la plataforma, así como de los excedentes de otros usuarios de Spock.
Dicha adhesión no confiere ningún derecho de propiedad sobre las instalaciones de generación ni implica la constitución de ningún derecho real a favor del usuario, limitándose exclusivamente a la participación en el reparto energético, conforme a la normativa aplicable.
El servicio de energía compartida Spock funciona de manera independiente a la compañía comercializadora con la que el usuario tenga contratado su suministro eléctrico.
En consecuencia, el usuario puede mantener su comercializadora actual o elegir libremente aquella que considere más conveniente.
No obstante, Spock podrá recomendar la contratación de la tarifa ganadora de una de sus compras colectivas, con el fin de maximizar los beneficios y la eficiencia económica derivados de la participación en el servicio.
Los usuarios podrán adherirse al servicio de Autoconsumo Compartido Spock en calidad de usuarios demandantes de autoconsumo, beneficiándose de la energía renovable generada por las plantas solares adscritas a la plataforma.
El servicio permite al usuario participar en la producción colectiva de energía solar sin necesidad de realizar instalaciones ni obras, y acceder a la energía generada por una planta ubicada a menos de dos (2) kilómetros de su punto de suministro (o hasta cinco (5) kilómetros cuando así lo autorice la normativa vigente).
El usuario podrá contratar un volumen determinado de paneles solares, en función de su consumo estimado, eligiendo entre distintos periodos de contratación.
Spock se encargará de todas las gestiones administrativas y técnicas necesarias ante la compañía Distribuidora para reconocer la participación del usuario en la instalación correspondiente y que la energía que le corresponda se descuente directamente de su factura.
La participación del usuario demandante estará sujeta a las condiciones económicas, técnicas y contractuales publicadas por Spock, y se regirá en todo momento por la normativa aplicable sobre autoconsumo colectivo.
Los usuarios que dispongan de una instalación fotovoltaica propia o que generen excedentes de energía podrán poner dicha producción a disposición de los otros usuarios de la plataforma Spock, de acuerdo con la normativa vigente en materia de autoconsumo colectivo.
Para ello, deberán comunicarlo expresamente a Spock a través de los medios digitales habilitados en la plataforma y formalizar la documentación requerida por Spock para la correcta gestión y asignación de la energía generada.
En la regulación actual, la participación de un prosumidor requiere la instalación de un contador de producción individual, que permita la medición y reparto de la energía excedentaria conforme a lo establecido en el Real Decreto 244/2019 y demás normativa aplicable.
No obstante, Spock dispone de la infraestructura técnica necesaria para adaptarse a la futura normativa, en la que se prevé la posibilidad de compartir excedentes sin necesidad de contador de producción, mediante modelos de reparto virtual o dinámico.
Una vez validada la instalación, Spock identificará y asignará automáticamente usuarios de la plataforma situados en un radio máximo de dos (2) kilómetros del punto de generación, o de cinco (5) kilómetros cuando así lo permita la normativa, para que puedan beneficiarse de dicha energía renovable.
En el caso del prosumidor este podrá optar entre:
- Asignar sus excedentes a CUPS concretos que desee beneficiar, o
- Ponerlos a disposición de Spock, para que la plataforma los gestione y distribuya entre los usuarios más próximos de forma totalmente automática.
El servicio se fundamenta en la normativa vigente sobre autoconsumo colectivo, aplicable a instalaciones fotovoltaicas situadas dentro del radio máximo permitido respecto al punto de suministro del usuario, de acuerdo con el Real Decreto 244/2019 y demás disposiciones que regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo compartido de energía eléctrica.
Spock actuará como gestor del autoconsumo, asumiendo la representación de los usuarios en todos los trámites relacionados con el autoconsumo colectivo ante las compañías distribuidoras y comercializadoras.
Por la propia naturaleza del servicio, la activación, modificación o baja del servicio estará sujeta a la aceptación y a los plazos de tramitación establecidos por la empresa Distribuidora correspondiente.
Spock actuará como intermediario técnico y económico entre las partes, gestionando tanto el reparto de los excedentes como la compensación económica correspondiente, de acuerdo con los siguientes principios:
- Asignación proporcional de la energía compartida. La energía excedentaria generada por las instalaciones adscritas se asignará automáticamente entre los suministros participantes, en función de criterios de proximidad geográfica, capacidad disponible y optimización del aprovechamiento energético.
- Determinación de la compensación. La energía cedida por cada prosumidor será objeto de compensación económica conforme al valor o precio acordado en las condiciones particulares del servicio.
- Gestión y liquidación. Spock centralizará las operaciones de compensación y aplicará los saldos resultantes al wallet del usuario.
- Actualización normativa. Las condiciones de reparto, compensación y comisión podrán ser adaptadas automáticamente por Spock a las modificaciones regulatorias que se aprueben en materia de autoconsumo colectivo o mercados locales de energía, garantizando su adecuación al marco legal vigente.
Con la activación del servicio el usuario adhiere sus recursos energéticos (baterías, cargadores, aerotermia, etc…) a la plataforma Spock con el fin de acceder a los servicios de optimización y gestión energética avanzada que presta Spock.
El servicio Spock Batería Inteligente es una solución avanzada digital que combina Big Data e inteligencia artificial (IA) para optimizar la carga y descarga de las baterías del usuario, maximizando el autoconsumo y la eficiencia económica.
Spock combina información de consumo, generación, tarifas y previsiones meteorológicas para emitir consignas automáticas de carga y descarga, dentro de los límites definidos por el fabricante y el usuario.
El servicio tiene carácter exclusivamente digital y no implica intervención física de Spock sobre los equipos del usuario ni labores de instalación, mantenimiento o reparación.
La activación mediante el registro de la batería en la plataforma constituye la aceptación contractual de este servicio conforme a los presentes términos y condiciones.
Una vez completado el registro, el sistema de IA de Spock analizará los datos históricos de consumo y producción con el fin de entrenar un modelo predictivo personalizado.
Tras la fase de aprendizaje, la plataforma comenzará a enviar a la batería consignas automáticas de carga y descarga.
El usuario podrá activar o desactivar el servicio en cualquier momento desde la plataforma Spock.
Para el correcto funcionamiento del servicio, deberán cumplirse las siguientes condiciones:
- La batería deberá ser compatible con las API y protocolos de comunicación de Spock.
- El usuario deberá mantener una conexión a internet estable y asumir los costes asociados a su conectividad y transmisión de datos.
- La instalación deberá destinarse exclusivamente a fines domésticos o profesionales no críticos, quedando expresamente prohibido su uso en instalaciones destinadas a respaldo esencial (hospitales, procesos industriales u otros servicios críticos).
- El equipo deberá mantenerse en condiciones operativas conforme a las especificaciones del fabricante, incluyendo actualizaciones o mantenimientos que este indique.
- El usuario deberá autorizar el acceso de lectura y escritura a los datos energéticos necesarios para la gestión del servicio.
El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos podrá suponer la suspensión temporal o definitiva del servicio hasta su regularización.
Compatibilidad con fabricantes de baterías
El servicio Spock Batería Inteligente ha sido desarrollado y verificado en colaboración con determinados fabricantes de sistemas de almacenamiento, con los que Spock ha mantenido contacto técnico directo para garantizar la correcta comunicación entre equipos y la plataforma.
En la fecha de publicación de estos Términos y Condiciones, el servicio ha sido contrastado operativamente con sistemas de Huawei.
Spock continuará ampliando progresivamente su integración con otros fabricantes, pudiendo incorporar nuevas compatibilidades sin necesidad de modificar los presentes Términos.
Mientras dichas verificaciones se completan, el usuario podrá conectar su batería o sistema de almacenamiento de otro fabricante bajo su exclusiva responsabilidad, reconociendo que:
- Spock no garantiza la compatibilidad técnica total con equipos distintos a los contrastados.
- Cualquier malfuncionamiento, error de comunicación o incidencia derivada de dicha conexión no generará responsabilidad alguna para Spock.
- Spock podrá suspender temporalmente el servicio si detecta problemas de funcionamiento, seguridad o estabilidad derivados del uso de equipos no verificados.
La relación de fabricantes o modelos con los que Spock mantiene integración activa o en proceso de verificación estará disponible y actualizada en la propia plataforma o página web.
Spock actuará con diligencia técnica razonable, pero no garantiza resultados económicos concretos ni continuidad ininterrumpida del servicio.
Su servicio se limita a un servicio de gestión de carga y descarga y en consecuencia, Spock no será responsable en ningún caso de:
- Averías, pérdida de capacidad, degradación o daños en baterías u otros equipos.
- Fallos de conexión o comunicaciones, ni de los servicios prestados por terceros.
- Pérdidas de ahorro, ingresos o lucro cesante, cualquiera que sea su origen.
- Daños indirectos, emergentes o de oportunidad.
Spock limita su responsabilidad máxima al importe efectivamente abonado por el usuario por el servicio durante los seis (6) meses anteriores al incidente.
El usuario reconoce que el servicio tiene naturaleza de apoyo tecnológico y no sustituye las obligaciones de mantenimiento, calibración o supervisión propias del titular de la instalación.
Los Servicios de Flexibilidad de Spock permiten a los usuarios con sistemas de almacenamiento o consumo gestionados por Spock poner a disposición del sistema eléctrico su capacidad para modificar temporalmente su consumo o inyección de energía, contribuyendo así al equilibrio entre generación y demanda.
A través de la plataforma Spock, estas acciones se coordinan de forma automática y agregada, de modo que un conjunto de consumidores puede actuar de forma conjunta como una unidad virtual de flexibilidad.
De esta manera, los participantes pueden acceder a los mismos mecanismos de mercado (por ejemplo, SRAD o servicios de balance) que tradicionalmente estaban reservados a grandes consumidores o instalaciones industriales.
El Servicio de Flexibilidad permite al usuario participar, de forma agregada, en mecanismos de balance del sistema eléctrico, ofreciendo temporalmente su capacidad de almacenamiento o modulación de consumo para contribuir al equilibrio entre generación y demanda.
La participación en este servicio requiere la firma de un contrato específico entre el usuario y Spock en el que se regularán las condiciones técnicas, económicas y regulatorias aplicables.
Durante los periodos de flexibilidad, Spock podrá enviar consignas automáticas de carga o descarga, siempre dentro de los límites técnicos del equipo y conforme a las preferencias configuradas por el usuario.
El usuario autoriza expresamente a Spock a ejercer dicho control remoto mientras esté adherido al servicio. Dicha autorización se entenderá limitada a los fines de optimización y balance energético definidos en el contrato correspondiente.
El usuario podrá recibir compensaciones económicas derivadas de su participación en los servicios de flexibilidad, conforme a los términos establecidos en el contrato específico o, en su caso, en la oferta comercial vigente.
Última actualización: 11 de noviembre de 2025.